TRIBUNALES
La Audiencia condena a 10 años a un joven por intentar matar a otro
Ocurrió en un pub de Tàrrega en enero de 2023. La víctima fue apuñalada en el abdomen, tuvo que ser operada dos veces y tuvieron que trasplantarle el hígado

El juicio se celebró en febrero en la Audiencia de Lleida. - A. GUERRERO
La Audiencia de Lleida ha condenado a diez años y tres meses de prisión a un joven de 26 años al considerar probado que apuñaló en el abdomen y robó a otro en la madrugada del 22 de enero de 2023 en un pub de Tàrrega. A consecuencia del apuñalamiento, la víctima tuvo que ser intervenida dos veces, le quedó el hígado afectado y meses después le tuvieron que trasplantar el órgano. El tribunal condena al hombre a siete años de cárcel y cinco de libertad vigilada por un delito intentado de homicidio, a tres años y tres meses de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación y a abonar una indemnización de 85.366 euros a la víctima. La Fiscalía solicitó una condena de 13 años y cuatro meses de prisión, la acusación de 12 años y tres meses y la defensa, la absolución.
En el juicio, que se celebró en febrero, la víctima reconoció al acusado como su agresor. También lo hicieron un vigilante –que vio como llevaba el cuchillo– y una camarera del local –que facilitó a los Mossos una foto del presunto agresor que localizó en Instagram gracias a la descripción que le hizo el vigilante–. Además, otros dos policías que días después acudieron al hospital para tomar declaración a la víctima dijeron que esta reconoció al detenido por la agresión como el autor entre ocho fotos de diferentes individuos.
El tribunal considera que el acusado es culpable de un delito intentado de homicidio porque hubo animus necandi (ánimo de matar) al utilizar un cuchillo y “la forma y entidad del ataque, caracterizado por la introducción de un objeto punzante en la región abdominal, zona de alta irrigación arterial y venosa” y recuerda que en el juicio los forenses informaron que hubo “riesgo vital, máxime dada la intensidad del ataque que llegó a afectar al hígado”. Por todo ello, “se deduce la evidencia del dolo de matar, sino directo, sí al menos eventual”. En cuanto a la autoría por el delito de robo –ya había sido condenado a un año en otra causa–, la Audiencia considera que “es claro que la intención que guiaba al acusado con su actitud amenazante, mediante la exhibición de un cuchillo, no era sino la de conseguir la entrega inmediata de lo que portara la víctima”. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia.