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TRIBUNALES

Condenado un menor por violar a su pareja, también adolescente

La Audiencia de Lleida impone cuatro años y tres meses de internamiento en régimen cerrado. Deberá hacer un curso formativo de educación sexual e igualdad

La entrada a la Audiencia de Lleida, en el Canyeret. - SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha confirmado la condena a un menor por agredir sexualmente a su pareja, también adolescente. Ratifica así la pena impuesta de cuatro años y tres meses de internamiento en régimen cerrado que dictó el Juzgado de Menores 1 de Lleida. Asimismo, deberá cumplir la medida complementaria de tres años de libertad vigilada, con asistencia educativa, y hacer un programa formativo de educación sexual y de educación en igualdad. El tribunal también le impone una orden de alejamiento respecto a la víctima y le prohibe comunicarse con ella a través de cualquier medio durante seis años. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la menor, solidariamente con sus padres, con 7.000 euros.

En su fallo, la Audiencia confirma la sentencia dictada en primera instancia por varios motivos. Así, destaca que la declaración de la víctima es contundente y coherente, mantenida en el tiempo y corroborada por el resto de pruebas, como testigos e informes forenses. Según el tribunal, la menor mantuvo siempre la misma versión de los hechos, tras denunciar que a finales de diciembre de 2023 su pareja hasta ese día, ya que habían quedado para romper la relación, la había agredido sexualmente. Añade que los informes forenses constatan que había lesiones “perfectamente compatibles con haber sido agarrada fuertemente tal y como esta refirió que hizo el acusado”. Unas marcas, remarca la sentencia, que pudieron ver las profesionales del centro en el que residía en el ese momento la víctima. Además, las pruebas médicas confirmaron restos que coincidían con las molestias y el sangrado que la víctima dijo sentir a raíz de la agresión sufrida. De hecho, se encontró ADN del acusado en las partes íntimas de la menor.

La Audiencia rechaza el alegato de la defensa, que en un principio negó las relaciones sexuales y luego dijo que habían sido consentidas pero unos días antes. La sentencia es firme.

“Es comprensible y frecuente la reticencia inicial a denunciar”

� En su sentencia, la Audiencia Provincial asegura que el hecho de que la menor no denunciara la agresión hasta días después de haber ocurrido “no merma la credibilidad de su relato”. En este sentido, añade que “es plenamente comprensible en estos casos, y por desgracia altamente frecuente, la reticencia inicial de las víctimas a contar la experiencia traumática y humillante a la que se han visto sometidas”. Además de la declaración de la víctima y las pruebas médicas, el tribunal remarca la importancia de los testigos. Las amigas de la menor corroboraron que, tras llegar de su encuentro con el acusado, estaba abatida, hasta que ella misma les contó que la había violado. Asimismo, las trabajadoras del centro pudieron ver las marcas en sus brazos, que intentaba ocultar con el jersey.

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